Escala de retención del IRPF en 2026
Es la escala que usa la empresa para calcular la retención de tu nómina (artículo 101 de la Ley del IRPF). Se aplica a la base para calcular el tipo de retención, que es tu sueldo bruto menos las cotizaciones, los gastos deducibles y las reducciones.
| Base liquidable | Cuota de los tramos anteriores | Tipo del tramo |
|---|---|---|
| De 0 € a 12.450 € | 0,00 € | 19 % |
| De 12.450 € a 20.200 € | 2.365,50 € | 24 % |
| De 20.200 € a 35.200 € | 4.225,50 € | 30 % |
| De 35.200 € a 60.000 € | 8.725,50 € | 37 % |
| De 60.000 € a 300.000 € | 17.901,50 € | 45 % |
| Más de 300.000 € | 125.901,50 € | 47 % |
Fuente: algoritmo de cálculo de retenciones de la Agencia Tributaria, versión AEAT 10-09-2026.
Cómo se aplican los tramos: un ejemplo
Con 30.000 € brutos al año, una persona soltera y sin hijos tiene una base de 26.050,00 €. No toda esa base tributa al 30 %: cada parte paga el porcentaje de su tramo.
| Tramo | Parte de la base | Cuota |
|---|---|---|
| Tramo del 19 % | 12.450,00 € | 2.365,50 € |
| Tramo del 24 % | 7.750,00 € | 1.860,00 € |
| Tramo del 30 % | 5.850,00 € | 1.755,00 € |
A esa cuota se le resta lo que resultaría de aplicar la misma escala al mínimo personal y familiar (5.550,00 € en este caso, es decir, 1.054,50 €). Al dividir el resultado entre el bruto sale el tipo de retención: el 16,42 %.
Mínimo personal y familiar 2026
Es la parte de tus ingresos que se considera necesaria para vivir y no tributa. Cuanto mayor sea, menor es tu retención.
| Concepto | Importe anual |
|---|---|
| Contribuyente | 5.550 € |
| Contribuyente mayor de 65 años (adicional) | 1.150 € |
| Contribuyente mayor de 75 años (adicional) | 1.400 € |
| Primer hijo | 2.400 € |
| Segundo hijo | 2.700 € |
| Tercer hijo | 4.000 € |
| Cuarto hijo y siguientes | 4.500 € |
| Por cada hijo menor de 3 años (adicional) | 2.800 € |
| Ascendiente mayor de 65 años o con discapacidad | 1.150 € |
| Ascendiente mayor de 75 años (adicional) | 1.400 € |
| Discapacidad del 33 % al 65 % | 3.000 € |
| Discapacidad del 65 % o más | 9.000 € |
| Gastos de asistencia (movilidad reducida o 65 % o más) | 3.000 € |
Los mínimos por hijos se reparten al 50 % cuando los dos progenitores conviven con ellos. Como el mínimo se descuenta en el primer tramo de la escala, cada 1.000 € de mínimo rebajan la retención en unos 190 € al año.
Reducción por rendimientos del trabajo
Los sueldos bajos tienen una reducción adicional que rebaja mucho su retención. Se calcula sobre el rendimiento neto (bruto menos cotizaciones):
- Hasta 14.852,00 €: reducción de 7.302,00 €.
- De 14.852,00 € a 17.673,52 €: 7.302,00 € menos 1,75 veces lo que supere 14.852,00 €.
- De 17.673,52 € a 19.747,50 €: 2.364,34 € menos 1,14 veces lo que supere 17.673,52 €.
- Desde 19.747,50 €: sin reducción.
Sueldos sin retención
Por debajo de estos importes de bruto anual la empresa no retiene IRPF (artículo 81 del Reglamento del IRPF):
| Situación familiar | Sin hijos | 1 hijo | 2 o más hijos |
|---|---|---|---|
| Soltero/a, viudo/a o separado/a con hijos a cargo exclusivo (situación 1) | — | 17.644 € | 18.694 € |
| Casado/a con cónyuge con rentas de hasta 1.500 € (situación 2) | 17.197 € | 18.130 € | 19.262 € |
| Resto de casos (situación 3) | 15.876 € | 16.342 € | 16.867 € |
Justo por encima de estos límites, la retención no puede superar el 43 % de la diferencia. Así se evita que ganar un euro más haga cobrar menos.
Tipo medio y tipo marginal según el sueldo
El tipo de retención (medio) es lo que ves en tu nómina. El marginal indica cuánto se pierde, entre IRPF y Seguridad Social, de cada euro de subida:
| Bruto anual | Base de retención | Tipo de retención | Se pierde de una subida |
|---|---|---|---|
| 18.000 € | 10.989,50 € | 5,07 % | 50 % |
| 24.000 € | 20.440,00 € | 13,51 % | 35 % |
| 30.000 € | 26.050,00 € | 16,42 % | 34 % |
| 40.000 € | 35.400,00 € | 19,36 % | 41 % |
| 60.000 € | 54.100,00 € | 24,44 % | 41 % |
| 100.000 € | 93.938,39 € | 32,11 % | 45 % |
Preguntas frecuentes
¿Si cambio de tramo cobro menos neto?
No. Cada porcentaje se aplica solo a la parte de la base que cae dentro de su tramo, nunca al sueldo entero. Pasar de tramo hace que los euros adicionales tributen más, pero siempre cobras más neto que antes.
¿Los tramos del IRPF son iguales en todas las comunidades autónomas?
Para calcular la retención de la nómina, sí: se usa una escala única en todo el territorio común. En la declaración de la renta, en cambio, se aplica la escala estatal más la de tu comunidad, que puede ser algo distinta. País Vasco y Navarra tienen escalas propias.
¿Qué es el tipo marginal?
Es el porcentaje que pagas por el último euro que ganas: el del tramo más alto al que llega tu base. El tipo medio, el que ves en la nómina, es siempre menor, porque los primeros euros tributan a tipos más bajos y el mínimo personal y familiar no tributa.
Calcula tu retención exacta con la calculadora de sueldo neto o consulta la tabla de sueldos netos.